martes, 26 de febrero de 2019

Carta abierta al Sr. Presidente de la Nación Argentina


San Cayetano del Mar

Fundación 16 de Octubre
                                                                                                                                 Todo lo que damos… vuelve.

Mar del Plata,  22  de febrero de 2019.

Sr. Presidente de la Nación Argentina
     Ing. Don MAURICIO MACRI
         S                                   /                                  D
                                                      Una vez más, lo molestamos con esta inquietud de nuestra Fundación, a la luz de la importancia que le asignamos al contenido de esta idea en relación a las necesidades de la Salud Pública de nuestra nación. Contrariamente al caso de anteriores cartas, Señor Presidente, ésta será de carácter público, y por ello estará a disposición de quien quiera leerla, 48 horas después de ser enviada.
 
 
Iniciamos diciendo que la EDUCACION ALIMENTARIA y NUTRICIONAL (en adelante EAN), en todas las escuelas del territorio nacional, por sus efectos, debería ser elevada al rango de “política de estado”, por el altísimo valor estratégico y especialmente productivo de sus aportes, razón por la que entendemos que, claramente, resulta de incumbencia de la máxima autoridad de nuestra nación.
 
 
 Continuamos diciendo que, de verdad, no espero que Usted comprenda la importancia de estos conceptos. Ya tenemos habida cuenta del enorme esfuerzo realizado para “alcanzar las esferas operativas del gobierno” que, probablemente tal como es su caso, sean víctimas de la falta de EAN durante sus tres primeros ciclos educativos. Digo ésto porque, Usted no respondió anteriores cartas que le envié, o bien, quienes filtran la correspondencia tienen las mismas carencias educativas previamente mencionadas, lo que claramente no es culpa de los actores sino del entorno educativo que nos contiene.
 
 
La IDENTIDAD ALIMENTARIA, Señor Presidente, este nuevo DERECHO HUMANO presentado ante la OMS el año pasado, que es una “idea argentina” que ha movilizado a funcionarios de diferentes países es, en mi opinión, parte del “CAMBIO” que muchos de nosotros votamos. Si Usted comprendiera la IMPORTANCIA ESTRATÉGICA DE LOS ALIMENTOS y la necesidad imperiosa del autoconocimiento de su propia operativa fisiológica, que tiene cada una de las personas de nuestra nación y del planeta en general, podríamos pensar razonablemente que “es posible” cambiar la “matriz social” de nuestra nación, con todo lo que ello implica. Esto nos llevaría unos 7 años, luego de establecida la obligatoriedad de la materia en el territorio nacional pero… a los 2 años del dictado de la misma, el “derrame conceptual” en cada uno de los hogares de los alumnos, mostrará claros indicios de positivos cambios en la Salud Pública y en la productividad en general.
 
 
 No sé, ciertamente, si esta carta llegará a sus manos. Pero… como no tengo otra opción, voy a suponer que sí lo hace. En ese caso le digo que, más allá de mi derecho como ciudadano a plantear una necesidad ante su Presidente, en mi caso particular le comento que yo lo voté a Usted, y en el mismo orden le digo que, por estos días, no lo volvería a votar, porque no tuve respuesta a planteos coherentes, con bases científicas y de sentido común contundente, distantes de la conveniencia personal y necesarios para la nación argentina. Esta Fundación, Señor Presidente, no tiene subsidio alguno, y funciona con mis pensiones de Veterano de Guerra de Malvinas; así es como investigamos y trascendemos las fronteras con nuestras ideas; así operamos la logística de la alimentación diaria de quienes comen en las calles y… así apoyamos el arte especialmente de los más jóvenes. No quiero que nos dé dinero. Quiero que me escuche, que me deje explicarle en 20 minutos la URGENTE NECESIDAD DE EAN, y finalmente, que me permita mostrarle lo contraproducente que es ignorar la importancia de la alimentación en la vida de los seres humanos, sobretodo ahora, que vamos camino a vivir 100 años.
 
 
 Una muestra del peligroso estado de ignorancia en materia alimentaria y nutricional que nos contiene, Señor Presidente, en mi opinión, es justamente la actitud de nuestros mandatarios (Gobernadores, Legisladores, etc.), ya que si comprendieran el TREMENDO PERJUICIO que causan en la población las publicaciones escritas y multimedia de dietas hipocalóricas y/o cetogénicas (todas ellas importadas de Mitolandia)… prontamente tomarían las medidas para apoyar este proyecto, porque el vacío legal se llena con derecho positivo y… la IDENTIDAD ALIMENTARIA es uno de ellos.
 
 
 Yo tengo su edad, algunos meses menos (cumplo en septiembre), y mi autoconocimiento fisiológico me permite atenuar la prematura oxidación que afectaría severamente mi productividad, considerando las tareas (también los errores, excesos y carencias frecuentes en la especie humana), que he tenido durante todos estos años. Si a mi persona le sirve ésto, puedo conjuntamente con mis colegas Nutricionistas, asegurarle que a todos los ciudadanos le será útil este tema, lo que redundará en múltiples beneficios para los diferentes estados que estructuran a nuestro país.
 
 
 Al respecto, Señor Presidente, la ciencia de la Nutrición, la más básica de las ciencias relativas a la vida en general, en el marco de los seres humanos se ve “severamente condicionada” por la falta de educación pertinente. Considere Usted que, nosotros no apelamos a medicamentos, y que la tarea en salud se apoya en un “trípode” formado por el PACIENTE, LOS ALIMENTOS y LA PROFESIONAL. En pocas palabras podemos decir que, se trata de una especialidad donde el remedio, prácticamente, lo “hace el paciente”. Póngase, por favor, un momento en mis zapatos y observe lo que nos sucede diariamente cuando… el paciente no tiene formación alguna al respecto de sus propias necesidades alimentarias. Evidentemente, nuestra nación (y las naciones del mundo), se ven condenadas a una importante tasa de fracaso en los tratamientos dietoterápicos, lo que repercute severamente en la productividad de las comunidades en general, y se refleja ciertamente en la creciente obesidad infantil y en la pandemia del síndrome metabólico que desciende desde el norte, entre otras patologías relativas a la alimentación.
 
 
 En este caso, Señor Presidente, ya que estamos y proponemos “hacer un cambio”, este esfuerzo debe ir en la más conveniente de las direcciones. Como Usted puede ver, NO ALCANZA CON LA MERA EDUCACIÓN NUTRICIONAL, sino que es necesario (a la luz de lo expuesto), educar a los ciudadanos de nuestra nación en temas relativos, curriculados y sistemáticamente (didácticamente) expresados, al respecto de las necesidades alimentarias de SU PROPIA FISIOLOGÍA, lo que constituye el nuevo derecho humano que denominamos IDENTIDAD ALIMENTARIA, que los estados correspondientes deben garantizar para cada ciudadano. 
 
 
 La IDENTIDAD ALIMENTARIA, Señor Presidente, es en nuestra opinión, un derecho de 2da y también de 3ra generación, que emerge como IMPORTANTE en el horizonte de nuestro tiempo, y como URGENTE en el contexto socio laboral que nos contiene y prolonga el momento del retiro.
 
 
 Esta materia (que naturalmente es un “eje transversal” por su necesaria presencia), debe ser entonces una MATERIA TRONCAL, a la par de matemática y prácticas del lenguaje y, a la vez,  una POLITICA DE ESTADO, por su importancia estratégica y porque es básica para el inicio y la progresión de las actividades del hombre. Y ahora, Señor Presidente, desde la República Argentina vamos un poco más allá y le decimos al mundo que, la IDENTIDAD ALIMENTARIA ES UN DERECHO QUE TIENEN LOS CIUDADANOS, a conocer sus propias características fisiológicas, para luego autogestionarlas cotidiana y primariamente en acuerdo con la 4ta Ley del Dr. Escudero.
 
 
 La EAN es entonces, Señor Presidente, UNA FORMA DE EMPODERAR A LOS CIUDADANOS CON INFORMACION VITALMENTE UTIL. Una forma de potenciar la calidad de vida de los vecinos de cada localidad de nuestra patria, lo que se verá reflejado en la productividad creciente que requiere el cambio que imperiosamente necesitamos, para extinguir de una vez y para siempre, los “ciclos socioeconómicos” que desbastan los sueños y los esfuerzos de nuestros compatriotas de buena voluntad.
 
 
 Me decía un alto funcionario del área de Educación de la Provincia de Buenos Aires.  _Usted, como Profesor, debería saber que son más de 20 las asignaturas que pujan por instalarse en la currícula formal y permanente.
 
 
 Y pienso que sí, efectivamente creo que muchas de ellas tienen razones para estar presentes en la educación. Como papá de niños en escolaridad primaria, no puedo decir que la “educación para la seguridad” no sea necesaria; lo mismo pienso de la “educación cívica”, de las “bases y fundamentos del derecho”, de la “educación bilingüe y bicultural”, de la educación financiera y de la “educación sexual(importante por la abundancia y facilidad del acceso a la información). Digo lo mismo de la necesaria (muy necesaria)comunicación asertiva”, importantísima para el cambio que necesitamos, etc. Pero… nada de ésto es posible sin la presencia sostenida de la salud, porque la vida productiva es directamente proporcional a ella y, porque la calidad de vida es una utopía sin ella. Entonces, porque todo comienza y se desarrolla “con la vida”, probablemente las materias mencionadas (y otras más) son urgentes, pero la EAN por lo expuesto, es imperiosamente importante.
 
 
 Señor Presidente, por lo expresado y por varias razones más, la EAN debe ser elevada a la categoría de “política de estado”, porque nuestra nación merece vivir mejor; porque ésto es posible con la adecuada educación y porque ahora la vida “se ha prolongado y debe ser digna” para los ciudadanos y no una pesada carga para el Sistema Universal de Salud. Porque necesitamos aspirar a una mayor productividad y, simplemente, porque es necesario enseñar a los argentinos que… la alimentación es cosa seria.
 
 
Respetuosamente le digo, Señor Presidente, de verdad deseo que me convenza de la necesidad de votarlo nuevamente, camino a consolidar un cambio que indiscutiblemente necesitamos.
 
 
Nuestra Fundación está a su disposición para lo que entendiese corresponder.

 
Muchas gracias. Que Dios lo bendiga.
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                   
                                                 Prof. Lic. Eduardo Castro
                                                                                         MP: 1613

 

Mail: castro2440@hotmail.com Tel: 2236236190 – 0223 4789685

Anteproyecto de Ley EAN 2018


Fundación San Cayetano del Mar
 
ANTEPROYECTO DE LEY EAN
                                                       Educación Alimentaria y Nutricional
                                                        en el territorio de la República Argentina.

El Senado y la Cámara de Diputados de la nación, observará y considerará la oportunidad de los conceptos contenidos en este proyecto, a la luz de las necesidades expuestas en los considerandos que dan marco. El futuro de la nación argentina, el incremento de su calidad de vida, su desarrollo social y su productividad, dependen entre otras cosas de esta norma, tal como fuese probado en las conclusiones previas a este proyecto.

 CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º.- Objeto. - La presente ley tiene por objeto establecer la obligatoriedad del dictado de la materia Educación Alimentaria y Nutricional (EAN) en el territorio de la República Argentina, como respuesta a las consideraciones emergentes de las necesidades de cambio, en respuesta a las realidades biofisiológicas que se aprecian coyunturalmente como carestía fundamental para el desarrollo social y productivo de la nación, las que dieran lugar al nuevo concepto de IDENTIDAD ALIMENTARIA, recientemente propuesto por la Fundación 16 de Octubre (Mat: 41.787, popularmente conocida como Fundación San Cayetano del Mar), como un derecho emergente de los considerandos que dan lugar a los derechos humanos de segunda y tercera generación.

 El objeto de la presente ley traspasa los límites usuales del paradigma alimentario, dando por sentada la intención de preservar la vida y asegurar la especie, concepto que queda adjunto al presente, que afirma la imperiosa necesidad de EDUCAR las conductas alimentarias con bases científicas, a lo largo de tres momentos educativos (inicial, primario y secundario), para lograr degradar las morbilidades actualmente observadas, en un alto porcentaje directamente relativas a errores alimentarios sostenidos en el tiempo, y otras derivadas indirectamente de los mismos, incrementando la calidad de vida y la productividad de las comunidades de nuestra nación, a lo largo y ancho de nuestro territorio.

 Art. 2º.- Ámbito de aplicación. - La materia Educación Alimentaria y Nutricional será aplicada regularmente con carácter obligatorio en todo el territorio provincial, en escuelas públicas, privadas y especiales, desde el período INICIAL hasta el quinto año de la ENSEÑANZA SECUNDARIA.

 Art. 3°.- Autoridad de aplicación. - La responsabilidad del dictado y de las características del mismo, como así también del control de la norma a nivel territorial será, inicialmente, del Ministerio de Educación de la Nación, quien dispondrá del desarrollo y distribución de los recursos primarios pertinentes y de la coordinación que fuese necesaria con los Ministerios y Secretarías provinciales pertinentes, con el objeto de asegurar el efectivo cumplimiento del 20 por ciento de contenidos igualados/estipulados para todo el territorio, y el 80 por ciento restante, desarrollado por Nutricionistas locales, de acuerdo a las características, necesidades, disponibilidades alimentarias, usos y costumbres de cada zona de nuestra provincia.

 Art. 4°.- La materia Educación Alimentaria y Nutricional. - Tendrá el carácter de “materia troncal”, a la par de materias tales como Matemática o Lengua y, obligatoria desde su condición de “esencial para la vida y la salud humana”.

Art. 5°.- Responsabilidad del dictado. - La misma será dictada, dentro de los primeros 12 años de aplicación de esta Ley, por Nutricionistas matriculadas/os en los Colegios o Asociaciones Provinciales, quienes avalarán con sus matrículas la idoneidad de las/los responsables.

 Luego del plazo estipulado, y considerando la evaluación de los resultados estadísticos y observaciones zonales de la aplicación de esta normativa, el dictado de la misma podrá tener otros actores, de acuerdo a lo que las autoridades responsables entendiesen corresponder.

Art. 6°.- Implementación. - La misma se regirá por lo estipulado por el Ministerio de Educación de la Nación, en acuerdo con lo expuesto como, “contenidos comunes y obligatorios” (CCO) para todo el territorio nacional; y la carga horaria no será en ningún caso, ni en ninguno de los niveles escolares previamente expuestos, menores a dos horas semanales, las que podrán ser consecutivas o alternadas, de acuerdo a lo que los directivos de las instituciones respectivas entiendan como conveniente para el desarrollo y la planificación de los ejes y contenidos de cada unidad académica.

 La aplicación de la norma será implementada en todos los casos “desde el año que actualmente corresponda”, con una breve introducción a cargo de las/los Nutricionistas, con el objeto de “poner a funcionar la materia”, considerando la emergencia que refleja la realidad cotidiana al respecto de la urgente necesidad de educación alimentaria, esperando que el “derrame conceptual” que, según se aprecia, debe comenzar a mostrar claros cambios positivos en las comunidades, a partir del segundo año de funcionamiento pleno de esta materia.

 Art. 7°.- La EAN será una POLITICA DEL ESTADO NACIONAL. - Porque se aprecia de interés estratégico para la consecución del progreso que consideramos corresponder al esfuerzo de la nación argentina en su conjunto. Porque es una importantísima medida anti cíclica que promueve y asegura el crecimiento del estado nacional, desde su base vitalmente importante; y por las razones que oportunamente, en el proceso de redacción de esta idea, fueron demostradas por los precursores de la misma, que luego del oportuno debate convergen sus conceptos en el presente texto.

 CAPITULO  II – Articulados ad hoc que ordenarían aclarando la intencionalidad de la norma.

DESARROLLOS CONCEPTUALES DE BASE

Art. 8°.- Identidad Alimentaria. - Será considerada como Identidad Alimentaria, al conjunto de particularidades derivadas directamente de las características fisiológicas de cada persona, las que ameritan determinadas necesidades energético proteicas de “carácter único”, no general, y necesario para la vida desde el óptimo autoconocimiento primario de los inconvenientes psicofísicos y/o del desarrollo de las potencialidades residentes en cada individuo humano, en tanto sujeto de derecho, a la luz de los considerandos expuestos por los derechos de segunda y de tercera generación.

 La Identidad Alimentaria es entonces un derecho que tiende a “empoderar” al individuo y a promover la calidad vital de su entorno en cada una de sus circunstancias.

 Concepto especialmente necesario en el marco de la extensión del rango relativo de la expectativa de vida de las personas, denominada como “la cuarta edad”, actualmente referida a la “última fase” de la vida, considerando su comienzo a partir de los 80 años de edad.

 Se entiende entonces a la Identidad Alimentaria, como la más adecuada de las herramientas que puede proporcionar la educación, al respecto del autoconocimiento de la propia fisiología y de sus necesidades e inconvenientes alimentarios, lo que será asegurado mediante el dictado de la materia Educación Alimentaria y Nutricional, desde la estructura curricular obligatoria, anteriormente desarrollada en el Capítulo I, y expuesta por sus promotores como anexo a esta norma.

Se declara al respecto que, la “Identidad Alimentaria” es un concepto que se agrega al derecho positivo desde esta norma, cuyo origen proviene del trabajo de los investigadores de la Fundación argentina “16 de Octubre” (Mat: 41.787), quienes dieron los fundamentos de origen a esta Ley.

 Art. 9º.- Leyes de la alimentación. -  Considerando que la nutrición es el resultado de un conjunto de funciones armónicas y relativamente emparentadas entre sí, que tienen como finalidad mantener la integridad psicofísica y de esa forma preservar la vida, aseguramos entonces que, ahora la materia Educación Alimentaria y Nutricional, garantizará el pleno conocimiento de todos y cada uno de los ciudadanos, habitantes del territorio cuya responsabilidad educativa cabe al Estado Provincial, de las “cuatro leyes de la alimentación” propuestas por el Doctor Don Pedro Escudero, sus fundamentos científicos y relaciones alimentarias y fisiológicas, en cada persona en particular, y con especial relación a sus propias necesidades alimentarias, particularmente de la cuarta ley, “la adecuación”, que primariamente y en función del autoconocimiento con bases científicas, será observada, decidida y adoptada informadamente por cada individuo para su propio provecho. Esto será, formado sistemática y metodológicamente, de acuerdo al plan de estructura curricular propuesto, adjunto en el anexo de esta ley.

 Art. 10º.- ………….. etc.

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