lunes, 28 de noviembre de 2011

OBSERVACIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS DE LA TAREA DEL PROFESIONAL DE LA NUTRICIÓN

www.fsancayetanodelmar.org
“Año 2011, dedicado a la memoria del Padre Aurelio Santoro, Salesiano Sacerdote (1916 – 2004)”.

- 25) Observación de las características de la tarea del Profesional de la Nutrición
Fundación SAN CAYETANO DEL MAR
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(para la Fundación San Cayetano del Mar)
por el Lic. Eduardo Castro

Considerando lo debatido en la última reunión virtual de Profesionales de la Nutrición, convocados particularmente por nuestra Fundación mediante el sistema Skype, con motivo del análisis de la realidad profesional de la especialidad en la región (la que, por falta del presupuesto necesario se limitó a esto, pero que pudo tener la participación de colegas de otras regiones, incluso el Profesor Saww de la Universidad de El Cairo, invitado especialmente por su crítico apego a nuestras investigaciones, y al actual proyecto de “La alimentación del autista, el DAM Prot. y la observación del mandato genético en el compromiso absortivo”), con motivo de establecer las comparaciones que resultaren pertinentes, con la Primera Encuesta de Profesionales de la Nutrición del Mercosur, patrocinada por el grupo MO3 en el año 2007, buscando determinar mejoras o retracciones en el orden laboral, para elevar el informe correspondiente a los Colegios de todas la provincias.

Deseo compartir mi visión, con la humildad y el respeto que caracteriza a nuestra Fundación, al respecto de la tarea de nuestros colegas, definición que entiendo redundante (porque todos sabemos claramente qué hacemos), pero a la vez interesante para los alumnos en proceso de formación y aún para nosotros mismos, considerando que, lo observado es nada menos que “nuestro trabajo” y, que se encuadra en el marco legal que nos da el espacio para nuestra labor en el territorio argentino.

Observación de inicio:
Cuando mencionamos al Profesional de la Nutrición, estamos hablando de “la Nutricionista” (término con el que la población en general nos identifica), que en el orden profesional, incluye a nuestras Maestras, cuyo título fue cambiando a lo largo del tiempo, en los casos tales como Dietista, Nutricionista Dietista, otros intermedios en algunas provincias y, actualmente, la Licenciada en Nutrición.

Observación I:
La tarea del Profesional de la Nutrición en su consultorio se encuadra, en líneas generales, en cuatro actividades a saber. 1) Consulta Clínica; 2) Estudios antropométricos y evaluación nutricional de pacientes propios o, por requerimiento de otros profesionales; 3) Educación en Nutrición personalizada para casos particulares; 4) Control periódico del estado nutricional básico, con relación a un plan alimentario determinado.

Observación II:
El producto de la tarea del Profesional de la Nutrición será, básicamente y con mínimas excepciones: 1) Estrategias de ordenamiento alimentario; 2) Desarrollo de una dieta personalizada; 3) En el caso de recibir un paciente derivado por otro profesional de la salud, el desarrollo de una estrategia alimentaria que excede lo vulgarmente conocido como “dieta” (selección, combinación y ubicación horaria de determinados alimentos, en la forma de particularizadas comidas), pasando a ser (con motivo de la estrategia especial, su complejidad y sus maniobras combinatorias, producto de la observación de los resultados), un TRATAMIENTO DIETOTERÀPICO.

Observación III:
"Claramente, podemos diferenciar tres tipos de productos científicos directos del Nutricionista. No es lo mismo una "dieta personalizada", que un "plan alimentario" que puede incluír varias dietas o diferentes momentos aplicativos de las mismas, que un TRATAMIENTO DIETOTERÂPICO, que incluye todo lo previamente desarrollado, más la presencia del médico, que obliga al Nutricionista a la estimación de la sinérgica alimentaria, con relación a la farmacología determinada por la estrategia que dirige este profesional, en el curso de una patología determinada o en medio de un síndrome dado."

Observación IV:
"A campo, el Profesional de la Nutrición, desarrolla legalmente tareas tales como, docencia, investigación, asesoría bromatológica y alimentaria, mercadeo de productos alimentarios y de alimentos, asesoría a operadores políticos y pro legislativos, gerencias, inspectorías y direcciones técnicas, que encuadren directa o por lógica derivación, relativa a la normativa de la Ley 24.301 y o, a sus normas provinciales correlativas y derivadas.

Observación V:
"Toda aquella tarea encomendada por las autoridades de los Colegios Provinciales correspondientes."

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